Una de las preguntas más frecuentes de los negocios que comienzan con la facturación electrónica en Costa Rica es: ¿cuándo emito factura y cuándo emito tiquete? La respuesta parece simple, pero las consecuencias de equivocarse son muy concretas: tu cliente podría perder el derecho a acreditar el IVA pagado.
La diferencia fundamental
Ambos documentos son válidos ante Hacienda y cumplen con la obligación de emitir un comprobante electrónico. La diferencia está en quién puede beneficiarse fiscalmente de ese documento:
- Factura Electrónica (FE): Identifica al comprador con su cédula o DIMEX. Permite que el receptor deduzca el IVA pagado y lo acredite contra sus propias ventas.
- Tiquete Electrónico (TE): No requiere identificar al comprador. El receptor no puede usar ese TE para acreditar IVA, aunque haya pagado 13% en la compra.
¿Cuándo emitir Factura Electrónica?
Emitís FE cuando:
- El comprador es una empresa, sociedad o persona jurídica
- El comprador es un profesional independiente que factura y quiere acreditar el IVA
- El comprador te da su cédula y solicita factura para uso contable o declaración
- La venta es al crédito y necesitás tener un respaldo fiscal identificado
¿Cuándo emitir Tiquete Electrónico?
Emitís TE cuando:
- La venta es a un consumidor final que no va a deducir el gasto
- El cliente no da sus datos y paga al contado
- Es una venta de mostrador rápida: supermercado, restaurante, farmacia, tienda de ropa
Casos prácticos
Restaurante
Un cliente paga su almuerzo en efectivo y no pide factura. Emitís TE. Si otro cliente paga con tarjeta corporativa y da la cédula jurídica de su empresa para deducir el gasto: FE.
Proveedor de servicios de TI
Vendés un servicio de soporte técnico a una empresa. Siempre FE, aunque el cliente no lo pida explícitamente, porque la compra es claramente de negocio a negocio (B2B).
Farmacia
Venta de medicamentos a una persona que paga en ventanilla: TE (además, los medicamentos tienen IVA del 4%). Si la compra es para una clínica que quiere acreditar: FE.
¿Qué pasa si emití TE cuando debía emitir FE?
El proceso de corrección es sencillo pero no instantáneo:
- Emitís una Nota de Crédito (NC) referenciando el TE original — esto lo anula
- Emitís una Factura Electrónica (FE) nueva con los datos correctos del comprador
Si el cliente ya pagó el IVA y necesita acreditar ese gasto en su D-150 del mes, la corrección tiene que hacerse dentro del mismo período fiscal para que pueda incluirla. No esperes al mes siguiente.
Según el contexto del cliente, el sistema te guía. En POS, si el cliente da su cédula, cambia automáticamente a FE.